Os muestro hoy un caso real de un Desahucio de una Vivienda por Falta de Pago del Alquiler en el que la parte arrendataria tras recibir la demanda procede a enervar la acción de desahucio, es decir a pagar todo lo que debía en ese momento, provocando que el desahucio se paralice.
Este derecho a parar el desahucio se puede ejercitar en los 10 días siguientes a que se haya recibido la demanda de desahucio, debiendo abonarse todo lo que se adeude en el momento de efectuar el pago enervador.
No en todos los casos puede hacerse, pues si se ha remitido burofax reclamando el pago con más de treinta días de antelación a la presentación de la demanda o ya se hubiese ejercitado anteriormente en otro proceso de desahucio, se puede impedir su ejercicio, procediendo en tal caso la resolución del contrato y desalojo aunque sea abonada la cantidad debida.
Espero os resulte de interés y si queréis saber más sobre la Enervación de un Desahucio, pulsad aquí.